
Toma declaración de principios...
En todas las manis en las que el PP no tiene tiempo de desplegar su aparato profiláctico y que responden al impulso de su ala dura -en términos sociológicos y electorales la extrema derecha antidemocrática representa entre el 10-15% del electorado y prácticamente toda está dentro del PP, que se encuentra así atado (y el empleo de este término presupone atribuirles mucha buena intención por mi parte) por un tercio de una masa social que resulta imprescindible para sus aspiraciones de poder pero que contamina frecuentemente la actitud y el discurso de una cúpula dirigente que carece de contrapesos sólidos a los sectores más permeables al grupo más montaraz de las bases (los principios obligarían a marcar una distancia y a que ocurriese como en otros países, que hubiera una formación de extrema derecha independiente y tristemente importante, pero al menos habría una alternativa conservadora democrática y razonable, que tardaría un tiempo en cobrar fuerza como para aspirar a convertirse en mayoritaria y los políticos tienen muchas urgencias); la extrema izquierda, por cierto, además de ser mucho más reducida, es ultrademocrática y consecuentemente tiende a retraerse de la participación (salvo unos pocos que van IU) en un sistema que no les satisface, por lo que es realmente divertido cuando al actual Gobierno le imputan veleidades ultraizquierdistas, hay que estar motivado para tomárselo en serio- afloran retazos del pasado heráldico ornitológico ibérico que es un gusto. Los hay que aluden a la solera antigua del águila de San Juan y recuerdan la Constitución de Cádiz. Si, efectivamente, los portaestandartes gallináceos de hoy rinden tributo a la Pepa, en eso precisamente están pensando cuando blanden los pendones sobre sus cabezas contra el cielo de Madrid. Una resignificación historicista de lo más molona, pardiez. Otros, que no se ven capaces de llegar a tanto, tiran de su antirrepublicanismo atávico, alimentado por visiones oníricas en las que hombres ataviados con prendas moradas cometen estupro con virginales infantas de los linajes de más alto coturno de la nobleza española (verbigracia: Llamazares abusando vilmente de la Duquesa de Montoro, Pi y Margall palmeando el trasro de Isabel II). La astracanada de los primeros no es preciso comentarla, pero la de los segundos es recurrentemente esgrimida como estrategia defensiva -lo que ya dice bastante de la tranquilidad de conciencia de cada uno- por medios como ABC. Bueno, pues dedicado a ellos:
Exhibir banderas republicanas es legal
Exhibir banderas republicanas está amparado por los artículos de la Constitución que consagran la libertad ideológica y la libertad de expresión, según una sentencia de la Sección Novena de la Sala de Lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a la que tuvo acceso Servimedia.
La sentencia, fechada el 15 de diciembre de 2003 y notificada el 14 de enero de 2004 a las partes, da la razón a IU, que denunció una resolución del Ayuntamiento de Torrelodones (Madrid), gobernado por el PP, que ordenó retirar la enseña tricolor de un chiringuito montado por la coalición de izquierdas durante las fiestas patronales de julio de 2002.
El tribunal estima que la citada resolución municipal "es contraria al ordenamiento jurídico, en cuanto vulnera los derechos fundamentales previstos en los artículos 16.1 y 20.1,a de la Constitución Española".
Según la sentencia, el Ayuntamiento ordenó quitar la bandera republicana porque, "atendiendo a la cantidad de personas que acuden al recinto ferial del Parque de Pradogrande durante la celebración de las fiestas, así como al consumo habitual de bebidas alcohólicas que tiene lugar en dicho recinto, la posibilidad de símbolos políticos puede generar eventualmente alguna situación de riesgo y de alteración del orden público que aconsejan la retirada de la bandera tricolor conocida como republicana del chiringuito que fue adjudicado a IU".
Tras explicar que la coalición es una "formación política legalmente constituida y que respeta los valores democráticos, si bien es un movimiento social que propugna desde los mencionados valores democráticos la consecución de un estado de derecho federal y republicano", la sentencia señala que la citada prohibición de la bandera republicana dictada por el Ayuntamiento de Torrellodones "vulnera el derecho de IU a expresar y difundir libremente sus pensamientos, ideas y opiniones, derecho reconocido de la Constitución, más aún cuando dicha expresión se realizaba de forma pacífica y respetuosa".
El citado tribunal afirma que las razones del Consistorio para retirar la bandera tricolor "restringen gravemente el ejercicio de los derechos fundamentales", ya que "la simple manifestación y exhibición de una bandera republicana no puede entenderse que altere gravemente el orden público, que sí podría verse alterado, en cambio, por el consumo habitual y en grandes cantidades de bebidas alcohólicas en las fiestas".
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En varias ocasiones nos preguntan si la bandera republicana que tantas veces exhibimos es legal. Entendemos que haya quien piense que no, por cuanto que la bandera oficial del Estado español es la bicolor roja y amarilla (o gualda, como dicen los/as cursis y no la Constitución en su art. 4.1), mientras que la tricolor fue bandera oficial también del Estado español durante la II República (art. 1 de la Constitución Española de 1931), y más por el hecho de que la bandera franquista con el águila (que simboliza al apóstol San Juan) y que los/as demócratas conocemos más comúnmente como "la del pollo" o "la gallina" sí que es ilegal, como también son ilegales las esvásticas y otros símbolos fascistas.
La bandera republicana, o más exactamente segundorrepublicana, sí que es legal. Es la bandera que representa al republicanismo, y que fue oficial además de legal durante la II República. La Constitución de 1978, además de instituir una monarquía parlamentaria (art. 1.3 CE) también garantiza la libertad ideológica (art. 16.1 CE) y la de los partidos (art. 6 CE), y por tanto garantiza el derecho a ser republicano/a, a expresarlo (art. 20.1.a) y a militar en partidos republicanos.
Cierto es que la bandera republicana ya no es la bandera oficial del Estado español, y por tanto no debe usarse en actos oficiales del Estado o sus instituciones como si lo fuera, pero esto no significa que la bandera republicana no pueda usarse en otros contextos, por ejemplo en una caseta de feria, en el balcón de una casa o paseándola por la calle.
Por el contrario, la simbología fascista, tanto en banderas u otras formas, sí que es ilegal. Y lo es porque no les protegen los artículos y leyes referentes a la libertad ideológica o de expresión, sino todo lo contrario. Según un formalismo tan puro como absurdo, igual que es legal la ideología, expresión y militancia republicana debería serlo también la fascista. Pero esto no es así por una razón material, es decir, de contenidos: los fines republicanos y sus medios no tienen nada que ver con los fascistas.
Mientras que el republicanismo aspira a la democracia, la libertad y la paz, el fascismo es la negación absoluta de estos conceptos (cualquier estudiante de la ESO con lo que sabe de Historia puede ratificarlo, y por supuesto cualquier catedrático de Historia). La experiencia histórica del nazismo en Alemania, Mussolini en Italia o Franco en nuestro país es prueba de que el fascismo, en sus diferentes manifestaciones, y según grados, significa anulación del pluralismo político y la democracia, represión política de los demás partidos e ideologías, uso sistemático de la violencia, exclusión sociopolítica (y eliminación física incluso) por motivos de raza, etnia, ideológicos o de capacidad física o psíquica, y uso de la guerra como instrumento de política exterior.
Dado que la Constitución de 1978 establece "como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político" (art. 1.1 CE) cualquier forma de fascismo es inconstitucional e ilegal precisamente por ir en contra del primero de los artículos de la propia Constitución. Y los constituyentes de 1978, y los diferentes parlamentos que desde entonces se han sucedido, no han sido ni son tan tontos como para dejarse engañar por un formalismo que, pretendiendo ampararse en la libertad ideológica y de expresión, incitase y se organizase precisamente para acabar con esas libertades y derechos y de paso con la propia Constitución y sus valores.
Cualquier persona mínimamente formada sabe que ningún derecho es absoluto, sino que todo derecho ha de entenderse en su necesaria correlación con los demás derechos y el contexto social en que se ejercita. De este modo, el derecho a la libertad de expresión, por ejemplo, está limitado por el derecho a la seguridad, al honor, a la vida y a la integridad física, derechos que son reiteradamente violados por el fascismo cuando enarbola banderas referentes a contenidos racistas, xenófobos, homófobos o que exaltan periodos de la historia en los que se asesinaba a personas por sus ideas políticas.
Nada de lo anterior ocurre sin embargo con el republicanismo y su bandera. La bandera republicana nos recuerda a la II República, cuya Constitución, la de 1931, garantizaba todos los derechos y libertades fundamentales en su Título III e incluso superaba en progresismo a la actual Constitución en alguno de sus puntos, como por ejemplo, en el art. 6, en el que cual decía la Constitución republicana: "España renuncia a la guerra como instrumento de política nacional".
Por tanto, ni esta bandera ni su ideología política pueden incitar a la violencia ni a desestabilizar el país, pues ningún ciudadano o ciudadana mentalmente sano se siente amenazado o amenazada al ver una bandera republicana en el mismo sentido en el que una persona inmigrante, o de raza no-blanca, u homosexual o demócrata sí que se siente al ver una bandera con la esvástica o la del pollo.
Por tanto, la bandera republicana es legal y no es inconstitucional pese a no ser la bandera oficial del Estado (no podría ser legal e inconstitucional a la vez), precisamente porque, como dice la sentencia del TSJM, los únicos motivos para prohibir la exhibición de una bandera son que incite a la violencia, el racismo, la xenofobia u otras formas de atentar contra la dignidad humana, que es lo que hacen las banderas y símbolos fascistas y es precisamente todo lo contrario de lo que significa nuestra apreciada bandera tricolor. La confusión tiene lugar cuando se confunde lo oficial con lo civil: la bandera republicana no se puede utilizar en un acto oficial en lugar de la bandera bicolor, pero tampoco puede usarse en su lugar la bandera del Real Madrid o una de Harley-Davidson, pero en el ámbito civil, en una caseta de feria, en una sede de un partido, en un bar o en el balcón de una casa, las banderas republicanas, las del Real Madrid o las de Harley-Davidson son perfectamente legales porque respetan los Derechos Humanos, lo que no hacen las banderas fascistas, y por eso están prohibidas.
4 comentarios:
Buenas, hacía un tiempecillo que no me animaba a comentarte algo. Es una simple aunque, creo, importante matización: no tengo la ley en la mano pero estoy casi seguro de lo siguiente. Aunque nos pese, es muy probable que la bandera del pollo no sea ilegal en absoluto.De hecho no es inconstitucional sino preconstitucional. Me he leido tu post entero y quiza te he malinterpretado y hablabas normativamente pero si te referias a que de hecho,dicha bandera es ilegal, me parece que es erróneo. Mas que nada porque es un claro ejemplo de apropiacion franquista de un simbolo nacional (el aguila de san juan en este caso) que se ha ultilizado en la rojigualda desde tiempos pretéritos (de hecho, juraria que es el escudo que tutela la constitucion de 1812). Dudo que sea ilegal por eso mismo, porque quieras que no, sería ilegalizar un simbolo nacional que por cierto, existe en multitud de monumentos prefranquistas. Y para muestra un botón:
http://www.sabuco.com/historia/images/Constitucion_de_1978.jpg
Me imagino que mas adelante sería sutituido por el escudo constitucional actual (aunque lo dudo seriamente porque creo que esa es la primera version de la CE de 1978). En definitiva, que aunque todo el que lleve el pollo merezca un gulaj como mínimo creo que no es denunciable ante los tribunales.
1bsito.
R.
PD: por no hablar del águila bicéfala (que no es igual a la que tratamos pero muy parecida) que simbolizaba el imperio español a los dos lados del océano.
Vale, habia leido a apartir del "parón" en tu entrada y veo que mencionas lo de Cadiz. Bueno en cualquier caso yo me referia a la legalidad de la susosicha ;)
R.
R:
gulaG, a no confundir con gulash o gulas.
un besito xxal
C-C.
No, a partir del parón es un texto de IU, no mío. Yo no digo que esa bandera sea ilegal, lo que digo es que la segundorrepublicana no lo es y que, pese a que la otra no sea ilegal, no significa lo mismo, no refiere a los mismos valores y que quienes quieren ampararse en la historicidad están engañando, porque nadie con dos dedos de frente puede pensar que los que salen con el ave reivindican a los Reyes Católicos o a Agustín Argüelles, sino al régimen de los hombres de Paco. Lo contrario sería lo mismo que decir que los skin-heads que pululan por ahí con sus esvásticas son seguidores de zoroastro, y me da a mi que no. La significación social y los usos de los símbolos hace que tengan que ser considerados y estudiados diacrónicamente, como todo. A los de IU les puede el entusiasmo, es verdad, pero desde un punto de vista político y moral tienen razón, aunque estoy contigo en que desde el jurídico sólo en la primera parte -la legalidad de la bandera de la II Rep.-
Un saludo.
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